IRNR Espana 2026 — No Residentes
Calcula el Impuesto sobre la Renta de No Residentes: 19% para residentes UE/EEE, 24% para el resto. Modelo 210 para alquileres, dividendos y trabajo.
Datos del No Residente
Resultado IRNR
Come utilizzare IRNR Espana 2026 — No Residentes
Selecciona el tipo de renta
El IRNR se aplica a distintas rentas obtenidas en Espana: trabajo, alquiler, dividendos, ganancias patrimoniales.
Indica tu residencia fiscal
UE/EEE: tipo 19% y puede deducir gastos. No-UE: tipo 24% generalmente sobre bruto.
Calcula la cuota IRNR
El IRNR se liquida mediante declaracion (modelo 210) o mediante retencion del pagador.
Suggerimenti
- Si eres residente de la UE y alquilas una vivienda en Espana, puedes deducir gastos como hipoteca, IBI, comunidad y reparaciones, reduciendo significativamente la base imponible.
- Los residentes en paises con convenio de doble imposicion con Espana pueden tener tipos reducidos: revisar el Art. 6 del convenio aplicable.
- La declaracion IRNR del modelo 210 puede presentarse online con certificado digital en la sede electronica de la AEAT.
- Si el pagador espanol (empresa o banco) retiene el IRNR, ya no tienes obligacion de presentar declaracion salvo para recuperar excesos de retencion.
Domande frequenti
¿Que es el IRNR?
El Impuesto sobre la Renta de no Residentes grava las rentas obtenidas en Espana por personas sin residencia fiscal espanola. Se liquida con el modelo 210 (o 216 para rentas sin establecimiento permanente).
¿Que tipo aplica a los alquileres de no residentes?
Residentes UE/EEE/Islandia/Noruega: 19% sobre rendimiento neto (ingresos menos gastos deducibles). Resto del mundo: 24% sobre ingresos brutos sin deduccion de gastos.
¿Cuando se presenta el modelo 210?
Trimestralmente (meses de abril, julio, octubre y enero del siguiente ano) para rentas del capital inmobiliario. Para otros tipos, segun el periodo de devengo.
¿Los convenios de doble imposicion afectan al tipo?
Si. Espana tiene convenios con muchos paises que pueden reducir o eliminar la tributacion en Espana. Revisar el convenio aplicable antes de declarar.